domingo, 11 de enero de 2015

DICCIONARIO DE TERMINOS DEL SEGURO

 
Una de las cuestiones que más se solicitan en el mundo del seguro es simplificar el lenguaje utilizado para hacerlo más comprensible al usuario.

Poco a poco vamos conociendo con más exactitud la información que nos ofrecen las compañías de seguros.

Aquí te presento una relación de los términos más comunes utilizados en el sector seguros, para que sepas siempre de qué se está hablando. 

Puedes consultar también el DICCIONARIO DE TERMINOS JURIDICOS DE SINIESTROS. En aquellos siniestros en los que se inician actuaciones judiciales, se utilizan términos muy técnicos propios de la jerga judicial. Con este diccionario sabrás en todo momento de que se está hablando. 


A

ACCESORIO

Cualquier elemento que no forma parte integrante del vehículo automóvil, como el equipo de música. 

ACCIDENTE 

Hecho de carácter fortuito e involuntario que se produce de forma súbita y violenta y que causa daños en las personas o las cosas. En el mundo del seguro recibe también el nombre de siniestro y constituye la materialización del riesgo contra el cual se crea la póliza.

ACCIDENTE PERSONAL

La lesión corporal que deriva de causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado, que produzca invalidez temporal, permanente o muerte.

ACEPTACION

Acto por el que una entidad aseguradora asume la cobertura de un riesgo y al que sigue la suscripción y formalización de la póliza. 

ACTIVIDAD COMERCIAL

Relacionada con la función comercial, engloba todas aquellas actuaciones tendentes a conseguir mayor número de contratos de seguro, así como a conservar la cartera de los que ya la tienen. 

ACTUARIO

Profesional de la ciencia actuarial que trata los problemas financieros, matemáticos y estadísticos relacionados con el análisis del riesgo y del seguro.

ADHESION

Acto por el que una de las partes expresa su  voluntad de unirse a un acuerdo en cuya colaboración no ha participado. En seguros es el acto por el que el asegurado se somete a las normas que se han establecido en su contrato. 

AGENTE DE SEGUROS

Es la persona física o jurídica que mediante la celebración de un contrato de agencia con una entidad aseguradora, se compromete a realizar la actividad de mediación en seguros. Se caracteriza porque solo puede estar vinculado por contrato de agencia con una entidad aseguradora, salvo que medie autorización expresa por escrito.

AGRAVACION DEL RIESGO

Aumento de la peligrosidad de un riesgo cubierto por una póliza que deviene por acontecimiento ajeno o no a la voluntad del asegurado, quien está obligado a comunicarlo a su entidad aseguradora para ésta opte por la modificación del contrato o la rescisión del mismo.

ALTERACION DEL RIESGO

Variación en la naturaleza del riesgo, por la que, si es accidental, puede rescindirse el contrato a voluntad de ambas partes. Si la variación se produjo por causa del asegurado la decisión de la rescisión compete exclusivamente a la entidad aseguradora.

AMPLIACION DE COBERTURAS

Aumento de la cuantía cubierta o de las garantías contratadas en la póliza

ANALISIS DE RIESGOS

Técnica utilizada en la actividad aseguradora con objeto de lograr un equilibrio en los riesgos que cubre. Básicamente, el análisis de riesgos implica cuatro tipos de actuaciones: selección o aceptación de riesgos, la ponderación o correcta tarificación, la previsión de riesgos y el control de resultados. 

ANEXO

Apéndice o suplemento que se incorpora o añade a un contrato con objeto de establecer en él una determinada modificación.

ANUALIDAD

Periodo natural de tiempo, de doce meses, que normalmente se utiliza como base para la contratación de pólizas con carácter prorrogable. 

ANULACION

Rescisión de los efectos de una póliza ya sea por el acaecimiento  de las circunstancias estipuladas en el contrato, por acuerdo bilateral de las partes o por decisión unilateral de una de ellas, con el preaviso correspondiente en este último caso.

ANULACION SIN EFECTO

Acto por el cual una póliza o suplemento deja de tener efecto desde el momento inicial de su emisión. 

ANULACION POR NUEVA EMISION

Emisión de una póliza que anula y sustituye a otra, a todos los efectos y por el mismo periodo.

APLICACIÓN

En el seguro de transporte formalizado a través de una póliza flotante. Se trata de un documento suscrito por el asegurado con objeto de notificar a la entidad aseguradora la existencia de un riesgo que debe ser cubierto por la aludida póliza, y que incluye la determinación de la naturaleza y característica del mismo para que pueda ser aplicada la prima que corresponda.

ARBITRAJE

Procedimiento para resolver pacíficamente conflictos entre dos partes, sometiéndoles al fallo de una tercera comisión o tribunal.

ASEGURABILIDAD

Conjunto de circunstancias que han de concurrir en un riesgo para que la entidad aseguradora acepte su cobertura.

ASEGURADO

Es el titular del interés y que se halla expuesto al riesgo, en su persona o bienes, que se cubre mediante la póliza de seguro 

ASEGURADOR

Persona jurídica que asume la cobertura de un riesgo ajeno mediante la formalización de un contrato de seguro por el que se hace responsable del pago de la indemnización en caso de siniestro. 

ASISTENCIA. Prestación de ayuda.

-          En seguro marítimo, socorro en el mar a un buque o persona que se hallan en peligro.

-          Asistencia en hogar. Conjunto de medidas de ayuda que prestan ciertas entidades especializadas para resolver problemas relacionados con el hogar.

-          Asistencia en viaje. Conjunto de medidas encaminadas a solventar las diversas contingencias que pueden sobrevenir en un viaje

-          Asistencia sanitaria. Tratamiento medido u hospitalario. 

AUSENCIA DE SEGURO

Situación que se produce cuando siendo obligatoria por ley la contratación de un seguro, ello no se ha hecho, lo cual puede acarrear una determinada sanción.

AVERIA

Daño que sufren las mercaderías o los géneros.

En el seguro de transportes daños que se produce en el medio de transporte o su carga. Se utiliza este término en el seguro marítimo referente al daño que se sufra el buque o su mercancía durante la travesía. 

AVERIA GRUESA

En seguro marítimo, daño que se produce en un buque o en las mercancías que transporta con objeto de evitar los daños mayores que pudiera ocasionar un riesgo conocido y efectivo. Los daños patrimoniales que integran la avería gruesa han de distribuirse equitativamente entre quienes, por haberse evitado daños mayores, se han beneficiado de la misma.

AVERIA PARTICULAR

Daño que se produce en un buque o su carga por causas fortuitas, imprevistas o inevitables. 

AVERIA SIMPLE

Por contraposición a la avería gruesa, es aquella cuyas consecuencias no afectan a todas las personas que resultan beneficiadas o participan en el salvamento.

AVISO DE RESCISION

Notificación de una de las partes de su voluntad de dejar sin efecto la póliza, que debe hacerse dentro del plazo de preaviso estipulado en la misma.

AVISO DE  SINIESTROS

Notificación del asegurado a su asegurador en la que le informa del acaecimiento del evento cubierto por la póliza que debe hacerse dentro del plazo estipulado a tal efecto en la misma.

B

BASES TECNICAS

Conjunto de formulas y normas utilizadas en la ciencia actuarial para calcular tasas, primas o recargos que corresponden a cada riesgo cubierto. La comprobación de las mismas corresponde a los organismos oficiales de control de los mismos.

BENEFICIARIO

Persona designada para percibir la indemnización o la prestación del seguro contratado. Puede coincidir con el asegurado o ser persona distinta del mismo. 

BONIFICACION

Reducción de la prima que normalmente se produce por concurrir en el asegurado ciertas características que aminoran el riesgo que se cubre en la póliza. 

BONUS/MALUS

Sistema de tarificación utilizado para el seguro de automóviles a través del cual se establece una bonificación / aumento de la prima dependiendo del número de siniestros precedentes en el automóvil del asegurado o en el conductor. 

BUENA FE

Actitud honesta y positiva de las partes en su relación contractual y cuya no aplicación probada, por alguna de las partes, puede suponer la rescisión del contrato.

C

CADUCIDAD DE LA POLIZA

Característica por la cual, en virtud de determinadas condiciones ( normalmente transcurso del tiempo) dejan de tener efecto las garantías estipuladas en el contrato.

CALCULO DE LA PRIMA

Conjunto de reglas matemáticas y estadísticas que se aplican con objeto de obtener la cuantía de la prima  a satisfacer por el asegurado y que dependen del tipo de riesgo que se trate.

 CALCULO DE PROBABILIDADES

Técnica utilizada en la ciencia actuarial a través de la que es posible conocer, con cierto margen de error, la probabilidad de que ocurra un determinado evento y que se basa en la observación de un hecho que, de entre una muestra, se produce con determinada frecuencia.

CAMPAÑA DE PRODUCCION

Conjunto de acciones comerciales encaminadas a lograr un aumento de producción.

CANAL DE DISTRIBUCION

Cualquiera de los sistemas a través de los cuales la entidad aseguradora hace llegar sus productos al público al que van destinados.

CAPITAL ASEGURADO

Valor que el tomador de un seguro atribuye a los bienes que asegura y que se corresponde con la cantidad máxima a pagar por la entidad aseguradora en caso de siniestro.

CAPITAL INICIAL

Suma asegurada al comienzo de la vida de una poliza flotante, que experimentara variaciones posteriores para adaptarse a la sitaucion de los bienes en cada momento.

CARTA DE COBERTURA

Documento que certifica la existencia de una garantía provisional

CARTA DE GARANTIA

Carta de cobertura

CARTA VERDE 

La Carta Verde (denominado así por su color) es el Certificado Internacional de seguro de Responsabilidad Civil de vehículos terrestres automóviles. 

CARTERA DE SEGUROS

Conjunto de operaciones aseguradoras cuyos riesgos están cubiertos por una entidad aseguradora 

CERTIFICADO DE SEGURO

Documento que aprueba la existencia de cobertura para un determinado riesgo.

CLASIFICACION DE RIESGOS

Ordenación de las distintas clases de riesgos, partiendo del grado de peligrosidad de los mismos, con el fin de conseguir su homogeneización y una concreta tarificación.

CLAUSULA

Pacto contractual que figura en el condicionado de la póliza y que regula la relación entre las partes o bien modifica, añade o aclara determinada información contenida en el contrato.

CLEA

Antiguo organismo público que asumía las funciones de liquidador en los casos de liquidación de entidades de seguros intervenidas por el Estado. Funciones que asumió el Consorcio de Compensación de Seguros a partir de la entrada en vigor de la Ley 44/2002, de 22 de Noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.

COASEGURADOR

Entidad que participa en un coaseguro

COASEGURO

Contrato por el que dos o mas aseguradoras comparten la cobertura  de un riesgo, estableciéndose una relación contractual entre coaseguradora y el asegurador.

COBERTURA

Sinónimo de garantía

CONDUCTOR HABITUAL

La persona que legalmente habilitada para ello y con autorización, en su caso, del asegurado o propietario del vehículo asegurado, conduce habitualmente el mismo y cuyas características, indicadas en la solicitud del seguro, son determinantes de la prima y asunción del riesgo. 

CONDUCTOR OCASIONAL

La persona designada como tal en el contrato de seguro, cuyas circunstancias determinan el cálculo de la prima. 

COMISION

Sistema de remuneración por el que la entidad aseguradora satisface al mediador una determinada cantidad por el contrato de seguro logrado mediante su intervención.

COMISION LIQUIDADORA DE ENTIDADES ASEGURADORAS (CLEA)

Organismo de carácter público que asume funciones de liquidador en los casos de liquidación de entidades de seguros intervenidas por el Estado. 

COMPAÑÍA DE SEGUROS

Sociedad anónima cuyo campo de actividad es el seguro privado. Se diferencia de la mutua por su deber de  retribuir a sus accionistas mediante dividendos y por el diferente grado de responsabilidad en que incurren los contratantes de pólizas en cada empresa.

CONCURRENCIA DE SEGUROS

Situación en la que sobre un mismo objeto recaen dos o mas seguros del mismo tipo y que solo es admisible en los seguros de personas, por ser difícilmente cuantificable el valor del objeto, en este caso, ya que si se produjera la concurrencia de seguro sobre un objeto material, ello podría ser causa de lucro para el beneficiario al recibir, en su conjunto, una serie de indemnizaciones en caso de siniestro, que podrían superar el valor real del objeto asegurado.

CONDICIONES GENERALES DE LA POLIZA

Son los principios básicos que el asegurador establece para los contratos de seguros de una misma modalidad de garantía y que determinan con toda su extensión y limitaciones el riesgo a asegurar y el funcionamiento del contrato 

CONDICIONES PARTICULARES DE LA POLIZA

Es el elemento que particulariza mediante la inclusión de datos personales y circunstancias particulares del mismo y del as condiciones de contratación.

CONDUCTOR HABITUAL

En el seguro del automóvil, es la persona que de forma habitual conduce el vehículo y de cuyas características generales depende la cuantía de la prima a satisfacer por el asegurado 

CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS

Entidad de derecho público que actúa como un mecanismo social complementario del seguro privado. Su finalidad es garantizar posible daños por catástrofes o acontecimientos extraordinarios. Su función es satisfacer las indemnizaciones derivadas de siniestros producidos por acontecimientos extraordinarios a los asegurados que hayan pagado el correspondiente recargo

D

DAÑO

Detrimento, perjuicio o menoscabo sufrido por la persona o en los bienes, como consecuencia directa de un siniestro

DAÑO CORPORAL 

La lesión corporal o muerte causada a personas físicas

DAÑO MATERIAL 

La pérdida o deterioro de las cosas o de los animales

DAÑOS PROPIOS

Modalidad de seguro que garantiza la reparación o sustitución de los elementos dañados del vehículo asegurado como consecuencia de un accidente ocurrido con independencia de la voluntad del conductor

DEFENSOR DEL ASEGURADO

Es el responsable del area de Atencion al Cliente externo. La Ley establece que la persona que sea designada como Defensor ha de ser una persona de recnocido prestigio en el ambito economico y financiero y con la necesaria experiencia profesional aparte de ser externo a la Entidad Aseguradora. 

DERECHOS DE CARTERA

Derecho que tiene el Mediador sobre las operaciones por él logradas o cartera, en cuanto a la percepción de comisiones mientras  dichas operaciones estén en vigor

DESCRIPCION (DEL RIESGO)

Enumeración de las particularidades de un riesgo objeto de su aceptación y tarificación por parte de la entidad aseguradora

DIRECCION GENERAL DE SEGUROS

Órgano dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, encargado de controlar la actividad, la publicidad y la situación financiera y el estado de solvencia de las entidades aseguradoras.

DISMINUCION DEL RIESGO

Situación en la que el riesgo cubierto por una póliza adquiere una peligrosidad inferior a la inicialmente prevista, lo cual supone un ajuste a la baja de las primas a satisfacer por el asegurado

DURACION DEL SEGURO

Plazo durante el que permanecen vigentes las garantías de un contrato de seguro. Comienza con la fecha de efecto inicial de la póliza y finaliza al llegar el vencimiento de la misma. 

E

EFECTO DEL SEGURO

Es el momento en el que comienzan a estar vigentes las garantías cubiertas en la póliza y que suele coincidir con la emisión de la misma, aunque cabe la posibilidad de un efecto diferido ( con posterioridad a la emisión) o, en casos excepcionales, retroactivo ( con anterioridad a la emision) 

EMISION

Acto por el que se formaliza una póliza o contrato de seguro. Momento en el que este empieza a surtir efecto. 

ENTIDAD DE SEGUROS

Persona jurídica que constituida, conforme a las disposiciones legales establecidas, tiene por actividad la práctica del seguro.

EVALUACION DEL DAÑO

Valoración en términos económicos o cuantificación de los perjuicios sufridos por un asegurado en su persona o en sus bienes como consecuencia de la materialización del riesgo que se cubría en la póliza.

EVALUACION DEL OBJETO ASEGURADO

Establecimiento por parte del asegurado, del valor ecoómico del bien asegurable que se realiza en al proposición del seguro.

EXPOSICION AL RIESGO

Grado de probabilidad de que se materialice un riesgo. Probabilidad de la ocurrencia del siniestro.

EXTORNO DE PRIMA

Cuantía de la prima satisfecha por el asegurado, que la entidad aseguradora debe reembolsarse por haberse producido circunstancias externas que conllevan a la rescisión del contrato. 

F

FORMALIZACION DE LA POLIZA

Procedimiento para el nacimiento legal de la póliza que consta de los requisitos de su confección, firma de las partes que intervienen en el contrato y pago por  el asegurado de la prima correspondiente. Este acto da origen a los derechos y obligaciones de ambas partes derivados del contrato de seguro. 

FRACCIONAMIENTO DE PRIMA

Sistema de pago de la prima utilizado por algunas entidades aseguradoras que consiste en  conceder al asegurado la posibilidad de satisfacer la prima anual mediante pagos periódicos, en lugar de hacerlo de una sola vez y por anticipado.

FRANQUICIA

Es la parte del daño que corre a cargo del asegurado en caso de siniestro, como consecuencia de haberlo estipulado así el contrato, lo que implica un menor coste del seguro. La parte que corresponde soportar al asegurado puede ser  una cifra exacta o un porcentaje del daño producido por el siniestro. 

FRECUENCIA DE SINIESTRALIDAD

Ratio que muestra el promedio de número de siniestros que una póliza o conjunto de pólizas tiene durante un año.

G

GARANTIA

Compromiso de la entidad aseguradora a hacerse cargo del coste económico de las consecuencias de un siniestro hasta el límite estipulado en el contrato por el cual se crea la misma. Es sinónimo de cobertura. 

H

HURTO

Apropiación de una cosa ajena con ánimo de lucro sin emplear fuerza en las cosas ni intimidación o violencia en las personas.

HECHOS DE LA CIRCULACIÓN

Los derivados del uso y circulación del vehículo asegurado en la póliza de seguro, por vías y bienes de dominio público, garajes y aparcamientos, así como por vías privadas que no estén especialmente destinadas o acotadas para el desarrollo por dicho vehículo de un trabajo o labor industrial o agrícola. 

I

ICEA

Siglas de INVESTIGACION COOPERATIVA ENTRE ENTIDADES ASEGURADORAS. Es una organización asociativa de carácter privado que agrupa a una buena parte de las entidades aseguradoras.

Sus fines radican principalmente en la investigación y en la Formación aplicadas a mejorar la productividad de las empresas de seguros. 

INDEMNIZACION

Es el montante que la entidad aseguradora debe pagar al sujeto asegurado para resarcirle de los daños causados por un siniestro hasta el límite que haya sido previsto en el contrato de seguro. Es, por tanto, la contraprestación al pago de las primas por parte del asegurado. La indemnización se materializa en la entrega de una cantidad monetaria equivalente al valor de los daños o mediante la sustitución de los objetos dañados si el asegurado lo consiente. En ambos casos, el valor de lo entregado al  asegurado no puede exceder del que tenía el objeto dañado antes de producirse el daño. 

INDICE DE FRECUENCIA

Ratio que muestra el promedio de número de siniestros que una póliza o conjunto de pólizas tiene durante un año. Frecuencia de siniestralidad.

INDICE DE SINIESTRALIDAD

Coeficiente que compara o relaciona el coste de los siniestros habidos en un conjunto o cartera de pólizas con el total de las primas que han sido devengadas por dichas pólizas.

INFORME PERICIAL

Documento realizado por el perito en el que se especifican todas las peculiaridades del siniestro y se cuantifican pérdidas ocasionadas como consecuencia del mismo.

INFRASEGURO

Se origina cuando el tomador del seguro atribuye en la póliza al objeto asegurado un valor inferior al que realmente tiene, incidiendo en la cuantía de la indemnización a pagar por la entidad aseguradora

L

LIQUIDACION DE SINIESTRO

Acto por el cual se cuantifican y satisfacen las consecuencias económicas de un siniestro en la medida que corresponda, de acuerdo con lo establecido en la póliza. 

LUCRO CESANTE 

Beneficio, que hubiera podido obtenerse de algo, y no se obtiene, como consecuencia de un hecho que irrumpe el curso normal de las cosas. 

LOPD

La Agencia Española de Protección de Datos es la autoridad de control independiente que vela por el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos y garantiza y tutela el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal. 

M

MARGEN DE SOLVENCIA

Capacidad patrimonial que tiene una entidad de seguros para asumir la cobertura de riesgos que tiene contratados con sus asegurados.

MEDIADOR DE SEGUROS

Persona física o jurídica dedicada de forma profesional a la actividad de producción de seguros. Pueden ser agentes o corredores.

MODALIDAD DE SEGURO

Determinado tipo de seguro que se incorpora dentro de una categoría más amplia denominada ramo.

MUTUALIDAD 

Entidad aseguradora formada por una asociación de individuos que, sin ánimo de lucro, ejerce una modalidad de la previsión de carácter benéfico o social en la que sus miembros, adquieren al mismo tiempo la condición de asegurados y aseguradores, obligándose al pago de las cuotas correspondientes.
 

N

NOTIFICACIÓN ( DEL SINIESTRO)

Obligación fundamental del asegurado que consiste en comunicar a su entidad aseguradora la ocurrencia del siniestrto cuyo riesgo tenía cubierto en la póliza. Debe notificarse el acaecimiento del siniestro inmediatamente después del conocimiento del mismo por parte del asegurado. La ley establece un plazo máximo de siete días que puede ser ampliado en la póliza. Su incumplimiento puede dar lugar a una pérdida de derechos frente al asegurador.

NUEVA PRODUCCION

Conjunto de pólizas contratadas durante el último ejercicio como operaciones nuevas de seguro, para distinguirlas de las que componen la cartera por haber sido contratadas en años anteriores.

O

OCUPANTE

Persona que se encuentra en el interior de un automóvil, tanto cuando éste está en movimiento, como cuando se encuentra detenido por circunstancias imputables a la circulación. 

OPCIONES

Elemento integrante del vehículo no incluido de serie en el precio del mismo

OFESAUTO

Oficina Española de Aseguradoras de Automóviles. Es la Oficina Nacional Española de Carta Verde. El sistema denominado “Carta Verde” esta diseñado para ayudar al tráfico internacional de vehículos y para garantizar la atención a las victimas de accidentes de tráfico entre vehículos de distintas nacionalidades.

P

PARTE DE SINIESTRO

Notificación de siniestro

PERDIDA TOTAL DEL VEHICULO

Se puede considerar que existe pérdida total del vehículo, en caso de daños propios, cuando el importe presupuestado de la reparación del vehículo siniestrado exceda de un porcentaje determinado en la póliza de su valor venal. En ese caso el siniestro se liquidará deduciendo el valor de los restos. 

PERITACION

Labor de estudio o examen realizada por un perito o persona que profesionalmente se dedica a la tasacion o determinación de las consecuencias de ocasionadas por un siniestro, con objeto de aclarar puntos relativos al daño producido y evaluar o calcular el montante de la indemnización que correspondería satisfacer.

PERITO

Persona experta en una determinada materia o ciencia, en virtud de cuya experiencia puede proceder al estudio o exámen de un acontecimiento relativo a dicha material. En el entorno asegurador, las funcionhes del perito son fundamentalmente: 

  • la comprobación de la identidad de los bienes asegurados y de las declaraciones relativas a los mismos efectudas por el asegurado en la póliza
  • indicación de las causas del siniestro, así como las peculiaridades del mismo
  • determinación del valor real de los bienes en el momento anterior del acaecimiento del siniestro, así como su valor con posterioridad al mismo, y el importe de los daños sufridos.

PERJUDICADO

Persona que ha sufrido lesión en sí misma, en su derecho o en su patrimonio. 

PERJUICIO

Daño o detrimento en intereses patrimoniales, que comprende, no sólo los daños efectivamente causados, sino también el lucro que se deja de obtener.

PLAZO DE ACEPTACION

Período durante el cual una entidad aseguradora decide si acepta o no la cobertura del riesgo.

PLAZO DE CARENCIA

Período establecido a partir de la fecha de efecto del contrato, durante el cual el asegurado no podrá beneficiarse de las garantías  previstas en la póliza por no cubrir el riesgo la entidad aseguradora durante el mismo o cubrirlo sólo parcialmente.

PLAZO DE GRACIA

Período de tiempo , normalmente de 30 días a partir del vencimiento del plazo estipulado para el pago de la prima, en virtud del cual, se concede al asegurado la posibilidad de hacer efectivo el pago de la misma y durante el mencionado plazo, cuálquier siniestro garantizado en  la póliza permanece cubierto. 

PLAZO DE PREAVISO

Período de tiempo establecido en la póliza durante el cual se concede a las partes la posibilidad de manifestar su voluntad de rescindir el contrato mediante la oportuna notificación a la parte interesada. 

POLIZA

Es el documento mediante el que se perfecciona el contrato de seguro y contiene los derechos y obligaciones de las partes. Constituye la prueba de la existencia del contrato y su contenido regula la relación entre el asegurado y asegurador.

Consta de condiciones generales, particulares y especiales. 

PREEXISTENCIA

Prueba a través de la cual, en caso de siniestro, el asegurado demuestra la existencia de bienes que han sufrido el daño así como la cuantía del mismo.

PRESCRIPCION

Extinción de la posibilidad del ejercicio de las posibles acciones o derechos que correspondan, por haber transcurrido el tiempo establecido por la ley para ejecutarlos. La Ley de Contrato de Seguro establece que las acciones derivadas del c contrato de seguro tienen un plazo de prescripción de dos años para los seguros de daños a cosas y de cinco para los de daños a personas.

PRIMA

Es el precio del seguro, la cantidad que debe satisfacer el asegurado como contraprestación a la cobertura de sus riesgos ue realiza el asegurador y cuya cuantía, específicada en la póliza depende de la probabilidad de materialización del riesgo, la suma asegurada, la duración del seguro y la tasa de interés.

PRIMA DEVENGADA

Parte de la prima que corresponde al período transcurrido del ejercicio en que se ha asumido la cobertura del riesgo.

PRODUCCION

Conjunto de contratos de seguro realizados por un determinado agente o los obtenidos por una entidad aseguradora en un período de tiempo determinado.

PROPIETARIO

La persona física o jurídica a cuyo nombre figura el vehículo en el Ministerio que corresponda.

PROPOSICION DE SEGURO

Documento en el que una persona interesada en el aseguramiento de un riesgo describe a una entidad aseguradora la naturaleza y características del mismo, con el fin de que ésta decida si asumirá o no su cobertura.

PRORRATA

Procedimiento que se utiliza para la determinación de la prima y basado en el cálculo proporcional de la misma en función de los días de duración de un contrato de seguro.

PRORROGA DE SEGURO

Renovación de las garantías del contrato por un nuevo período de tiempo y en las mismas o similares condiciones.

PROVISION

Sistema técnico económico por el que las entidades aseguradoras crean unos fondos o reservas que se materializan en activos, con objeto de poder hacer frente a la realización de los riesgos que asumen.

PROVISIONES TECNICAS

Son las que están establecidas por Ley y resultan obligatorias para todas las entidades aseguradoras. Su cálculo y dotación se efectúa en cada ejercicio económico para garantizar el cumplimiento de las obligaciones furturas con los asegurados.

  • Provisiones de riesgos en curso. Tienen por objeto periodificar las primas devengadas en un ejercicio y deberán estar constituidas por aquella parte de las primas destinadas a garantizar el cumplimiento de las obligaciones futuras, no extinguidas al cierre del ejercicio corriente.
  • Provisiones para siniestros pendientes de liquidación y pago. Se constituyen en la previsión de la existencia a la fecha de cierre del ejercicio, de obligaciones indemnizativas aún no satisfechas. su cuantía, debe ser equiparable al montante de tales indemnizaciones que habrán de satisfacerse en el siguiente ejercicio o ejercicios futuros.

PROYECTO DE SEGURO

Estudio que elabora la entidad aseguradora sobre las características y coste de un riesgo determinado con objeto de presentarlo a un asegurado potencial, a fin de que éste decida su contratación o no. 

R

RAMO

Se designa con este nombre a cada uno de los grandes grupos o divisiones que en materia de seguros, abarcan una gama de riesgos de naturaleza y características similares.

RAPPEL

Cantidad que de acuerdo a unos porcentajes previamente establecidos, se concede al mediador a modo de incentivo sobre su comisión habitual, cuando ha conseguido superar unas determinadas cifras de produccion de cartera y rentabilidad.

REASEGURO

Es la operación por la que un asegurador distribuye sus riesgos cediéndoselos a otro u otros, con objeto de reducir el posible volumen de pérdidas qeu puede producir un contrato de seguro a unos límites soportables para su empresa.

Se trata de un contrato por el que el reasegurador se obliga a reparar, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato, la deuda que nace en el patrimonio del reasegurado a consecuencia de la obligación por éste asumida como asegurador en un contrato de seguro.

RECIBO FINIQUITO

Documento que reconoce el pago de una indemnización por parte de la entidad aseguradora al aseguradfo y por el cual se da por cancelado el siniestro quedando la misma eximida de toda obligación a este respecto.

RECIBO DE PRIMAS

Documento que reconoce el pago, por parte del asegurado a la entidad aseguradora, de la prima correspondiente al período a que el recibo se refiere.

RECOBRO

Parte de la indemnización satisfecha por la entidad aseguradora al asegurado, que es recuperada por ésta de la persona responsable del daño. 

REGLA PROPORCIONAL

Fórmula que se aplica cuando existe infraseguro, en virtud de la cual, la entidad aseguradora sólo estará obligada al pago de la indemnización por la parte del daño que proporcionalmente corrresponda a la cuantía del capital asegurado, independientemente de que el valor del objeto sea superior.

REHUSE ( DE SINIESTRO)

Acto por el cual la entidad aseguradora rechaza el pago de la indemnización correspondiente a un siniestro.

RENOVACION DEL SEGURO

Acto por el cual se prolonga, por un período de tiempo adicional, el contrato de seguro, en las mismas o similares condiciones y por acuerdo expreso o tácito de las partes.

RESPOSABILIDAD CIVIL

Obligación de resarcir que tiene el que, por acción u omisión, ha causado daño a otro mediando culpa o negligencia, o el que no siendo causante dle daño, está a cargo de la persona que lo ha causado ( responsabilidad civil subsidiaria)

RESERVA

Sistema técnico económico del que se valen las entidades de seguros para la proyección temporal de los riesgos por ella asumidos "Provisiones".

RESULTADO TECNICO

Contablemente es un resultado obtenido a lo largo de un ejercicio, como consecuencia exclusivamente de la actividad técnica de seguros.

REVALORIZACION AUTOMATICA DEL SEGURO

Incremento que sufre el capital asegurado, y consecuentemente, las primas, conformer aumenta un índice previamente establecido con objeto de eliminar la perdida de valor que se produce en los bienes asegurados, por el transcurso del tiempo, como consecuencia de la inflación.

RIESGO

Es el objeto del seguro. Es la inseguridad, probabilidad o proximidad de un daño. Incertidumbre sobre el acaecimiento de un evento y las consecuencias dañosas que el mismo puede traer. El riesgo se previene mediante el contrato de seguro, por el cual la entidad aseguradora se hace responsable de las consecuencias dañosas que pudieran producirse, quedando obligada al pago de una indemnización si se materializa el riesgo.

RIESGO CATASTROFICO

El ocasionado por una causa generalmente extraordinaria procedente de hechos de la naturaleza o conflictos humanos.

RIESGO PATRIMONIAL

Es aquel riesgo que amenaza el patrimonio de una persona física o jurídica de forma global. Si se produce puede reducir el patrimonio de la persona afectada, por constituir una pérdida, dejar de obtener una ganancia esperada u obligar al pago de una cantidad en concepto de indemnización. 

ROBO

Apoderamiento con ánimo de lucro, de cosas muebles ajenas, con violencia o intimidación en las personas, o empleando fuerza en las cosas

S

SEGURO

Contrato en virtud del cual, una entidad ( la aseguradora) se compromote, mediante el pago de un precio ( la prima) a pagar una indemnización a una persona ( asegurado) a o quién este designe beneficiario, a consecuencia de los daños sufridos, bien en su patrimonio o en su propia persona, ocasionados por un siniestro o acontecimiento, de acuerdo con lo pactado en el contrato.

SELECCION DE RIESGOS

Conjunto de medidas encaminadas a realizar un análisis y estudio por parte de una entidad aseguradora, de los riesgos que le son ofrecidos con objeto de asumir principalmente aquellos riesgos con menor grado de peligrosidad, eludiendo en lo posible aquellos cuya peligrosidad es muy alta.

SINIESTRALIEDAD

Conjunto de siniestros ocurridos durante un período de tiempo determinado en un cierto grupo de pólizas o cartera. 

SINIESTRO

Acontecimiento que por originar unos daños previstos en la póliza motiva el principio indemnizatorio obligando a la entidad aseguradora a satisfacer el capital asegurado por el contrato, total o parcialmente al asegurado, beneficiarios o perjudicados.

SINIESTRO PENDIENTE

Aquel cuya indemnización no ha sido totalmente satisfecha por parte de la aseguradora, ya sea por faltar la declaración del mismo, por estar en proceso de estudio y valoración o por estar pendiente de pago.

SINIESTRO TOTAL

Es aquel cuyos daños afectan a la totalidad del objeto asegurado, destrúyendolo totalmente o dejándolo sin posible reparación.

SOLICITUD DE SEGURO

Documento por el cual el potencial suscriptor de un seguro solicita a una entidad aseguradora que le sean adscritas las garantías previstas en el mismo y que se proceda a la formalización de la póliza.

SUBROGACION

Situación jurídica en virtud de la cual el asegurador sustituye al asegurado en el ejercicio de las acciones o derechos que tendría éste contra los terceros causantes del accidente o siniestro a fin de poder recuperar de ellos la cantidad por la que civilmente debería responder a consecuencia de los daños producidos cuya indemnización en virtud de la póliza de seguro, ha corrido inicialmente a cargo de la aseguradora.

SUMA ASEGURADA O CAPITAL ASEGURADO

En el seguro de automóvil, para la Modalidad de Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria se estará a lo reglamentado por la legislación vigente en cada momento. Para las demás modalidades es la cantidad fijada en las Condiciones Generales y Particulares, que constituyen el límite máximo de indemnización a pagar por todos los conceptos por el Asegurador, en caso de siniestro. 

SUPLEMENTO DE POLIZA

Documento complementario a una póliza y en el que se detallan especificaciones o modificaciones de algunos aspectos de la misma convenidas y suscritas por ambas partes.

SUPRASEGURO

Valoración del objeto asegurado por encima de su valor real, que el asegurado realiza cuando suscribe la póliza. La aseguradora en caso de siniestro, sólo está obligada al pago de la indemnización por la cuantía equivalente al valor real que el objeto tuviera en el momento previo a la ocurrencia del siniestro, independientemente de que el capital asegurado sea de cuantía superior.

SUSCRIPCION DE LA POLIZA

Formalización de la póliza

SUSPENSION DE GARANTIAS

Situación en la que dejan de tener efecto, total o parcialmente las garantías contratadas en la póliza, por causas diversas, generalmente previstas en la misma y solo temporalmente, ya que la suspensión definitiva supondría la extinción o rescisión del contrato de seguro. 

SUSTRACCION ILEGITIMA

Apoderarse de los bienes muebles ajenos con ánimo de lucro. 

T

TARIFA DE PRIMAS

Relación de los distintos tipos de primas apicables a cada riesgo dentro de una modalidad determinada de seguro.

TARIFICACION

Conjunto de cálculos técnicos y estadísticos para determinar las tasas o tipos de prima que son apiclabes a los distintos riesgos.

TOMADOR DEL SEGURO

Persona que suscribe o contrata el seguro y que se compromete al pago de la prima.

TRAMITACIÓN DE UN SINIESTRO

Conjunto de actuaciones encaminadas a evaluar los daños, liquidar e indemnizar un siniestro.

TURISMO DE USO PARTICULAR

El vehículo que como tal está definido en el correspondiente Permiso de Circulación 

U

UNESPA

Asociación de empresarios aseguradores españoles, encargada de defender ante los organismos pertinentes, los intereses del Sector Asegurador.

V

VALOR ASEGURABLE

Cuantificación objetiva del valor de un objeto susceptible de ser asegurado.

VALOR A NUEVO

Precio por el que se puede adquirir un objeto asegurado en estado nuevo.

En el seguro de automóvil. Llamamos Valor a nuevo al precio total de venta al público en estado de nuevo del vehículo asegurado, excluyendo el impuesto de circulacion, pero incluyendo los recargos e impuestos legales que le hacen apto para la vía pública y todo ello con arreglo a los catálogos de las casas vendedoras o listas de organismos oficiales. En el supuesto que el vehículo ya no se fabrique o no se encuentre comprendido en los catálogos o listas, se aplica como valor de nuevo el correspondiente a un vehículo de análogas características. 

VALOR REAL

Valor efectivo de un bien en un momento dado.

VALOR VENAL

Valor que tienen los bienes asegurados inmediatamente antes del acaecimiento del siniestro.

En el seguro de automóvil. Llamamos valor venal, al valor de venta del vehículo asegurado, inmediatamente antes de la ocurrencia de un siniestro, en función de su antigüedad, desgaste y/o estado de conservación. A estos efectos se tomará como base el valor venal del vehículo según las tablas del Manual de Precios de Venta de Automóviles de Ocasión publicado por EDITORIAL EUROTAX- ESPAÑA S.A. (Publicación independiente de estudios de mercado para la valoración de vehículos)

VEHICULO ASEGURADO

El vehículo automóvil, así como sus opciones, accesorios y/o remolque de acuerdo con las indicaciones de la solicitud de seguro

VEHICULO A MOTOR

Tiene esta consideración todo vehículo terreste automóvil, que está accionado por una fuerza mecánica, así como sus remolques incluso no acoplados, incluso ciclomotores.

VENCIMIENTO DEL SEGURO

Finalización de la vigencia de un contrato de seguro como consecuencia de la realización de alguna de las condiciones establecidas a tal efecto en la póliza. 

VICIO OCULTO

Defecto no manifestado que tiene una cosa y que disminuye su valor. La entidad aseguradora queda eximida de responsabilidad por los vicios ocultos que tuviera la cosa.

VIGENCIA DEL SEGURO

Período de vida del contrato de seguro, durante el cual normalmente permanecen con efecto las coberturas estipuladas en el mismo, salvo que, por circunstancias externas, éstas se encuentren en suspenso.

VOLUMEN DE PRIMAS

Volumen de negocio de una entidad de seguros o suma total de las primas recaudadas por la misma. 

Z

ZONA HABITUAL DE CIRCULACIÓN

Se entiende por tal, a efectos de la prima aplicable al contrato de seguro, la del domicilio del tomador del seguro indicada en la solicitud

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