ABOGADO: Licenciado en
derecho que defiende en juicio los derechos de los litigantes(en nuestro caso
asegurados) y asesora o da dictamen sobre cuestiones judiciales.
ACTOR: (CIVIL) Persona que
interpone demanda en reclamación de derecho y/o perjuicios. Sinónimo de
demandante.
ALLANARSE/ALLANAMIENTO: Es la acción
de estar conforme con la reclamación efectuada por la parte contraria.
ANALOGIA: Semejanza
entre cosas distintas. Interpretación por semejanza(leyes de analogía).
APELADO: Persona física o jurídica
que está conforme con la resolución judicial que otra parte recurre. Persona
que se allana con el fallo pero participa activamente en el recurso bien por
haber comparecido ante el Organo Jurisdiccional Superior, bien por haber
comparecido impugnando el recurso interpuesto por el contrario.
APELANTE: Persona física
o jurídica que interpone el recurso.
APELAR/APELACION: Recurrir al
Juez o Tribunal Superior para que modifique o anule la sentencia dada por el
inferior.
APREMIO (VIA DE APREMIO): Es la
acción judicial para compeler al cumplimiento de alguna cosa.
AUTO: Forma de resolución
judicial que decide cuestiones para las que no se requiera sentencia (p.e. Auto
de archivo de diligencias).
AUTO EJECUTIVO: Resolución del
juez que viene establecida por Ley para cuando no queda probada la culpabilidad
de las partes (sentencia absolutoria) en un procedimiento por accidente de
circulación en el que se hayan causado lesiones, y en la que se establece la
cantidad máxima que puede reclamar el supuesto perjudicado a una compañía de
seguros determinada y con cargo al S.O.A.
AUTOS: Expediente judicial,
diligencias.
AVENENCIA: Conformidad,
acuerdo, convenio ,transacción.
BASTANTEAR: Declarar la
suficiencia de un poder otorgado.
CAREO: Confrontar unas personas
con otras con el fin de conocer la verdad.
COHECHO: Soborno.
COMPARECENCIA: Acto de
comparecer personalmente o por escrito.
COMPETENCIA: Atribución
legítima a un Juez u otra Autoridad para el conocimiento o resolución de un
asunto.
CONFORMIDAD: Estar de
acuerdo, confesión positiva.
CONSIDERANDO: Cada una de
las razones esenciales que preceden y sirven de apoyo al fallo (Sentencia).
CONSIGNAR: Depositar
judicialmente alguna cantidad.
COSTAS: Gastos judiciales.
COTEJAR: Comparar una cosa con
otra. (p.e. fotocopia con original)
DEMANDA: Solicitud. Petición que un
litigante sustenta en el juicio. Escrito que se presenta al Juez para que
resuelva sobre un derecho que se reclama (VIA CIVIL).
DEMANDADO: (VIA CIVIL)
Persona contra la cual se dirige una acción(reclamación, mediante demanda.
DEMANDANTE: (VIA CIVIL)
Persona que demanda en juicio. Sinónimo de actor.
DENUNCIA: Acción y
efecto de denunciar. Notificación a la Autoridad de la violación de una ley.
Dar noticia a la Autoridad de un daño o hecho (VIA PENAL).
DENUNCIADO: (VIA PENAL)
Persona a la cual se ha denunciado.
DENUNCIANTE: (VIA PENAL)
Persona que denuncia.
DESISTIR/DESISTIMIENTO: Renunciar a
seguir con el procedimiento, recurso, prueba solicitada etc., iniciado a su
instancia (por la persona que lo instó).
DOLO: Engaño, fraude ,
simulación.
EJECUCION: Procedimiento
judicial con requerimiento de pago o embargo y venta de bienes para pago de las
deudas.
EJECUTORIA: Sentencia
firme y definitiva que puede ser ejecutada.
EMBARGO: Retención de bienes
ordenada por un Juez o Autoridad.
EMPLAZAR: Citar dentro de
un plazo (cédula de emplazamiento); citación con término para comparecer ante
la Autoridad judicial Superior (según el tipo de procedimiento variarán los
plazos).
ESTIMAR: (Estimación de la demanda)
Apreciar, aceptar, considerar (aceptación de los pedimentos de la demanda).
EXHORTO: Despacho (petición) que
libra un Juez a otro para que mande dar cumplimiento a lo que se pide.
FALLAR(FALLO): Decidir,
pronunciar, veredicto.
INCOAR: Comenzar, iniciar (se
incoa un expediente, un procedimiento).
INCURRIR: Merecer una
pena o castigo.
INSACULAR: Poner en un
saco, una urna, etc. Números o nombres de personas para sacar una o más por
suerte. Se utiliza para las pruebas periciales.
JUICIO: Conocimiento de una causa
en la cual el Juez ha de pronunciar la sentencia.
JUICIO DE FALTAS: (VIA PENAL) Se
enjuiciará la conducta de las personas(denunciado) y en caso de probarse su
culpa o negligencia, procederá la condena, la cual deberá establecer las
responsabilidades civiles (indemnizaciones a satisfacer a los perjudicados) del
mismo.
JUICIO VERBAL CIVIL: Se enjuiciarán
responsabilidades civiles del /los demandado/ s. Valoración de las
indemnizaciones por daños y /o lesiones que correspondan, así como los
perjuicios acreditados. Debe existir nexo de causa – efecto.
JURISDICCION: Potestad de
juzgar y de aplicar las leyes generales a casos particulares. Existen varios
tipos: contenciosa, contenciosa administrativa, ordinaria, voluntaria.
Territorio en que se ejerce. Término de un lugar o provincia.
JURISPRUDENCIA: Fuente del
derecho. Criterio constante seguido por el Tribunal Supremo en la aplicación de
la ley. Actualmente hablamos de jurisprudencia menor que es la que dicta las
distintas Audiencias Provinciales.
LETRADO: Abogado.
MORA: Tardanza en cumplir una
obligación.
OSTENTAR: Ocupar, asumir
un cargo, una representación.
OTROSI: Además, a mayor
abundamiento.
PERSONARSE: Presentarse
personalmente en alguna parte (Juzgado). Comparecer como parte interesada.
PLAZO: Término o tiempo señalado
para una cosa(comparecer, recurrir, denunciar, demandar, etc.).
PLEITO: Discusión y resolución en
juicio de una diferencia entre partes. Proceso judicial sobre cualquier causa.
PODERDANTE: Persona que da
poder a otro.
PODERHABIENTE: Persona que
recibe poder de otro.
PROCEDIMIENTO: Actuación por
trámites judiciales o administrativos.
PROCURADOR: Persona que
ejerce ante los Tribunales la representación de cada interesado (parte) en un
juicio. Es Licenciado en Derecho. Su intervención podrá ser voluntaria u
obligatoria, dependiendo del tipo de procedimiento.
PROVIDENCIA: Resolución
judicial, distinta de la Sentencia, dónde no se expresan los motivos.
RATIFICAR: Aprobar o
confirmar una cosa que se ha dicho o hecho.
RECIBIR A PRUEBA: Período en que
las partes de un proceso pueden manifestar las pruebas que desean se practiquen
y acompañar los documentos que las justifiquen, siempre y cuando, éstos
últimos, no se hayan adjuntado al escrito de demanda o oposición.
RECONVENCION: Acción de
reconvenir. Demanda que al contestar entabla el demandado contra el que
promovió el juicio.
SENTENCIA: Resolución del
Juez. Sentencia firme: definitiva que puede ejecutarse. Absolutoria: Considera
que no han quedado probado los hechos. Condenatoria: Declara la culpabilidad o
responsabilidad del denunciado/demandado.
SEÑALAMIENTO: Designación de un día para juicio.
SOBRESEIMIENTO: Dejar sin
curso ulterior un procedimiento.
TACHAR: Alegar un motivo de invalidación,
de falta de capacidad legal.
TERMINO: Plazo o tiempo
determinado.
TESTIGO: Persona que presencia una
cosa o que da testimonio de la misma.
TIPIFICAR: Conducta
previa y sancionada por la ley.
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